ACTIVO:
ANC:
*Inmovilizado intangible:
- Aplicaciones informáticas 1.000
*Inmovilizado material:
- Mobiliario del despacho 50.000
- Terreno 100.000
AC:
*Disponible:
- Caja 40.000
- Banco 14.000
TOTAL ACTIVO: 205.000 euros
miércoles, 27 de enero de 2010
viernes, 15 de enero de 2010
Actividad
Activos muy líquidos: maquinaria, vehículos
Activos poco líquidos: materias primas, existencias
Pasivos muy exigibles: préstamo bancario a corto plazo, proveedor de embalajes
Pasivos poco exigibles: préstamo bancario a largo plazo
Activos poco líquidos: materias primas, existencias
Pasivos muy exigibles: préstamo bancario a corto plazo, proveedor de embalajes
Pasivos poco exigibles: préstamo bancario a largo plazo
Liquidez & Exigibilidad
Liquidez: la liquidez de un activo hace referencia a su capacidad para transformarse en dinero o efectivo.
Exigibilidad: de los pasivos, indica el tiempo que falta para que se devuelvan (momento en el que quienes aportaron los fondos exigen su devolución).
Exigibilidad: de los pasivos, indica el tiempo que falta para que se devuelvan (momento en el que quienes aportaron los fondos exigen su devolución).
Fondo de maniobra
Equilibrio Financiero
Equilibrio Financiero: se producirá cuando exista una conjunción entre la fuerza de Activa hacia la liquidez y la del Pasivo hacia la exigibilidad.
miércoles, 13 de enero de 2010
Definiciones
Garantía Bancaria: garantía, emitida por el banco de un comprador extranjero, de que pagará al vendedor o exportador hasta cierto porcentaje convenido del valor de los bienes embarcados en caso de que el comprador no cumpla con el pago.
Aval: tipo de garantía, generalmente otorgado por un banco comercial, de un instrumento negociable.
Garantía hipotecaria: Es un derecho real que recae sobre un inmueble que, permaneciendo en poder del que lo constituye, da derecho al acreedor para perseguirlo de manos de quien se encuentre y de pagarse preferentemente del producido de la subasta.
Financiación ajena: inversión por un tercero que no tiene categoría de socio o accionista. Es financiación ajena cuando la remuneración y los términos de la devolución del dinero se establecen desde el inicio.
Financiación propia: es el dinero que es aportado por los propietarios y forma lo que se denomina capital.
Aval: tipo de garantía, generalmente otorgado por un banco comercial, de un instrumento negociable.
Garantía hipotecaria: Es un derecho real que recae sobre un inmueble que, permaneciendo en poder del que lo constituye, da derecho al acreedor para perseguirlo de manos de quien se encuentre y de pagarse preferentemente del producido de la subasta.
Financiación ajena: inversión por un tercero que no tiene categoría de socio o accionista. Es financiación ajena cuando la remuneración y los términos de la devolución del dinero se establecen desde el inicio.
Financiación propia: es el dinero que es aportado por los propietarios y forma lo que se denomina capital.
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